Historia de México Unidad 4 - La reforma liberal y la resistencia de la república (1854 -1876 ) 1.2

*El Congreso Constituyente y la Constitución de 1857 

(CONOCE BIEN ESTA CONSTITUCIÓN)

En 1856, bajo el gobierno de Ignacio Comonfort, la balanza política se inclinó a favor del partido liberal, bando que había salido triunfante en la Revolución de Ayutla. En el mes de febrero se instaló el Congreso Constituyente, integrado por los más radicales integrantes del grupo liberal, entre ellos Benito Juárez; Lerdo de Tejada, Melchor Ocampo, José María Iglesias, Francisco Zarco, etc. El 5 de febrero del siguiente año estuvo completamente redactada la nueva constitución, que Ignacio Comonfort promulgó.

La Constitución de 1857 contenía 128 artículos y postulaba: 

♦ El establecimiento de una República representativa, democrática y federal con un gobierno dividido en tres poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial 
♦ El Poder Ejecutivo sería limitado 
♦ El Poder Legislativo recaía en manos de una sola cámara: la de diputados 
♦ El Poder Judicial estaría presidido por quien haría las veces de presidente 
♦ El presidente de la República y el de la Suprema Corte de Justicia eran designados por elección popular 
♦ Los derechos del hombre: igualdad y libertad 
♦ La soberanía nacional emanaría del pueblo y reside originalmente en él 
♦ La federación quedaría integrada por 24 estados y el territorio de Baja California 

Las llamadas garantías individuales, derechos y libertades como la propiedad privada, la libertad de imprenta y la libertad de culto representaron un aspecto sobresaliente de la Constitución de 1857.

Ningún acta constitutiva anterior había erradicado la religión católica como culto oficial, por lo cual la Constitución de 1857 resultó novedosa. Se considera que actualizó las principales aspiraciones del movimiento de Independencia al consolidar las bases de un Estado moderno disociado de la Iglesia, sin fueros y conforme a principios fundamentales del sistema republicano como la supremacía de la ley, la igualdad civil y la división de poderes.  

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